El Juzgado de Primera Instancia nº 6 de Alcobendas, en auto con fecha de 17 de marzo de 2021, acordó atribuir en exclusiva la patria potestad y la guarda y custodia de las dos hijas al padre. Esta decisión fue dictada tras haberse declarado la competencia del Juzgado español, en aplicación de los distintos Reglamentos europeos.
El Juzgado, haciendo suyos los argumentos de ABA Abogadas, atribuyó la guarda y custodia y patria potestad al padre, en atención a que la madre reside en el extranjero y había desatendido el cuidado de sus hijas. Por este motivo, acordó también dejar en suspenso el régimen de visitas de la progenitora materna.
Habida cuenta de que la madre reside en el extranjero y no se personó en el procedimiento, todas las notificaciones se llevaron a cabo a través del correo electrónico, medio poco frecuente en la práctica judicial.