El Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Getafe dictó el día 26 de septiembre de 2013, Sentencia anulando escritura pública de compraventa por la que el esposo vendió 24 acciones que representaban el 5% del capital social de una Sociedad Anónima que pertenecía en su integridad al matrimonio y lo hizo sin consentimiento de su esposa, con ocultación, pocos días antes de marcharse de casa y un año antes del divorcio. Y ello a fin de tener el control y la posición dominante de la empresa ante la liquidación de la Sociedad Legal de Gananciales.