En auto de fecha de 11 de diciembre de 2020, el Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Talavera de la Reina reconoce la pretensión ejercitada por Aba Abogadas y establece, en sede de medidas provisionales, una pensión de alimentos provisional en favor de la esposa. Esta parte demostró que la mujer ha resultado desfavorecida como consecuencia de la separación, así como su dedicación a la vida familiar y contribución con su trabajo personal en el negocio familiar, sin estar dada de alta en el mismo, siendo titular de un porcentaje mínimo de las participaciones sociales.
Por su parte el demandado no acreditó, pese a poder haberlo hecho, los beneficios reales de las sociedades de su titularidad, por lo que se fijó una pensión de alimentos provisional hasta que se resuelva el divorcio en el procedimiento principal.