El Juzgado de Primera Instancia nº 28 de Madrid, en Sentencia de fecha 28 de noviembre de 2017 ha denegado la pensión compensatoria que la esposa solicitó con un límite temporal de un año.

El juzgado, haciendo suyos los argumentos esgrimidos por ABA Abogadas, entiende que no concurren los requisitos del artículo 97 CC, pues quedó acreditado la escasa duración del matrimonio (un año), la edad de la esposa (34 años), la falta de dedicación a la familia al no existir hijos y su reciente incorporación al mercado laboral.