El aumento de las bajas médicas relacionadas con la ansiedad, la depresión o el estrés ha situado de nuevo el absentismo laboral en el centro del debate. Frente al término coloquial de las “bajaciones”, que puede asociar estas situaciones a un supuesto abuso por parte del trabajador, resulta necesario analizar qué papel desempeñan las propias condiciones de trabajo en la salud mental de las personas trabajadoras.
Desde ABA Abogadas, nuestra compañera Tania Pose, asociada y especialista en Derecho Laboral, advierte de que factores como la inestabilidad, la falta de autonomía, los horarios, las dificultades para conciliar o una elevada carga de trabajo pueden convertirse en riesgos psicosociales capaces de repercutir directamente en la salud del trabajador.
La empresa debe prevenir también los riesgos psicosociales
La prevención de riesgos laborales no se limita a evitar accidentes físicos. Como explica Tania, la Ley de Prevención de Riesgos Laborales impone a la empresa un deber de seguridad que va más allá del cumplimiento formal y que debe extenderse a todos los puestos de trabajo.
Para Tania, esto obliga a prestar especial atención a factores como el estrés, la carga de trabajo, la organización de las tareas o el apoyo recibido dentro de la empresa. La prevención debe ser real y adaptarse a las condiciones concretas de cada puesto, en lugar de limitarse al cumplimiento formal de determinadas obligaciones.
En este contexto, una baja por ansiedad, depresión o estrés no debería analizarse únicamente como un problema individual del trabajador cuando existen factores laborales que pueden haber contribuido a provocar o agravar esa situación.
¿Puede una baja por ansiedad considerarse accidente de trabajo?
La relación entre salud mental y accidente de trabajo está adquiriendo especial relevancia en los procedimientos laborales.
La Ley General de la Seguridad Social establece que se presume, salvo prueba en contrario, el carácter laboral de las lesiones sufridas durante el tiempo y en el lugar de trabajo. En los procesos relacionados con trastornos psicológicos resulta especialmente importante determinar si existe una conexión entre la enfermedad y las condiciones en las que se desarrolla la actividad profesional.
Por ello, la existencia o ausencia de una adecuada evaluación de los riesgos psicosociales puede adquirir una importante relevancia probatoria cuando se discute si una incapacidad temporal inicialmente considerada contingencia común tiene, en realidad, un origen profesional.
Baja médica y despido: la enfermedad no puede ser motivo de discriminación
La protección del trabajador también se extiende a las decisiones empresariales adoptadas durante una incapacidad temporal.
Tras la derogación del artículo 52.d del Estatuto de los Trabajadores y la entrada en vigor de la Ley 15/2022, de 12 de julio, integral para la igualdad de trato y la no discriminación, Tania señala que el despido de un trabajador en situación de baja médica, cuando no existe una causa objetiva y real que lo sustente más allá de la propia enfermedad, puede encaminarse hacia la nulidad.
Las empresas que intenten afrontar las bajas médicas mediante la presión o el despido pueden enfrentarse no solo a la readmisión del trabajador, sino también a posibles indemnizaciones por daños morales cuando exista una vulneración de derechos fundamentales.
Para Tania Pose, este cambio de escenario obliga a afrontar el absentismo desde una perspectiva principalmente preventiva y no sancionadora, especialmente cuando detrás de una incapacidad temporal existen problemas relacionados con la organización o las condiciones de trabajo.
Prevenir antes que sancionar
La salud mental ha adquirido una importancia creciente dentro de las relaciones laborales. Por eso, combatir el absentismo no debería consistir únicamente en aumentar los mecanismos de control sobre los trabajadores, sino también en analizar las causas que pueden estar provocando determinadas bajas médicas.
Como señala Tania, productividad y salud laboral no son intereses contrapuestos, sino dos caras de la misma moneda que el deber de protección empresarial debe equilibrar.
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