…»Es necesario un marco jurídico que regule la custodia compartida y modifique el artículo 92,6 que sigue estableciendo esta práctica como excepcional y no como normal y deseable que viene señalando el propio Tribunal Supremo. En estos momentos el Tribunal Supremo “legisla” ante la falta de una normativa clara y se extralimita al situarla como opción preferente.