¿Qué se entiende por abandono de familia?
En el ámbito jurídico, el abandono de familia no hace referencia a “irse de casa” o “romper la convivencia”, como se podría pensar de manera informal. El abandono de familia es un delito tipificado en el Código Penal español (artículos 226 y siguientes), y está vinculado al incumplimiento de los deberes económicos de asistencia hacia determinadas personas: hijos, cónyuge, ascendientes, descendientes u otras personas con las que exista una obligación legal de cuidado.
Por tanto, el abandono del hogar no es un delito, pero el incumplimiento de las obligaciones económicas familiares establecidas en una resolución sí lo es.
¿Qué conductas pueden constituir un delito de abandono de familia?
- Incumplimiento del deber de prestar alimentos o manutención. Se comete este delito cuando alguien, de forma voluntaria y sin causa justificada, deja de pagar durante 2 meses consecutivos o 4 meses no consecutivos las prestaciones económicas establecidas en una Sentencia.
- Incumplimiento de los deberes legales de asistencia inherentes a la patria potestad, tutela, guarda o acogimiento familiar. Dejar a un menor sin la debida custodia o atención, ya sea en casa o fuera de ella, puede ser constitutivo de un delito de abandono. En estos casos, lo que se persigue es la dejación de funciones de cuidado, protección y vigilancia.
Otras conductas que pueden considerarse delitos contra las relaciones familiares son:
- Delito de abandono de menores o personas con discapacidad necesitadas de atención especial.
- Utilización de menores o personas con discapacidad para la mendicidad.
- Delito de sustracción de menores.
¿Qué penas establece la ley por abandono de familia?
Las penas por este tipo de delitos pueden variar en función de la gravedad de la conducta:
- Por impago de pensiones de alimentos u otras obligaciones económicas: Pena de prisión de 3 meses a 1 año o multa de 6 a 24 meses.
- Por abandono de menores o personas con discapacidad: Pena de prisión de 18 meses a 3 años. Si el abandono pone en grave peligro la vida, la salud o la integridad de la persona, la pena puede ser más alta.
Además de estas penas, el responsable deberá indemnizar los daños y perjuicios causados por su conducta.
¿Cuándo se considera delito y cuándo no?
No cualquier conflicto familiar o retraso puntual en los pagos constituye un delito. Para que haya delito de abandono de familia, debe cumplirse que:
- Exista una obligación legal previa clara (sentencia, resolución judicial) que recoja la obligación de pago.
- El incumplimiento sea voluntario y sin causa justificada, es decir, doloso.
- En el caso de incumplimiento de las obligaciones de pago, el impago debe darse durante 2 meses consecutivos o 4 meses no consecutivos.
- Exista un perjuicio claro para la persona que debía recibir esa asistencia.
Por tanto, si quien incumple puede demostrar que atraviesa una situación económica imposible (por ejemplo, desempleo prolongado, enfermedad grave que impide generar ingresos…), podría evitar la responsabilidad penal, aunque seguiría existiendo la obligación civil de abonar las cuantías debidas cuando su situación mejore.
¿Cómo se denuncia?
Para denunciar este tipo de delitos, lo más habitual es presentar la denuncia ante la Policía, Guardia Civil o en el Juzgado de Guardia. Si se trata de impagos de pensiones de alimentos, también se puede instar la vía civil, a través de una demanda de ejecución en el Juzgado de Familia. Ambos procedimientos, el penal y el de familia, son compatibles y no excluyentes entre sí.
Es importante contar con pruebas: sentencia que fije la obligación, justificantes de impago, testimonios, reclamaciones extrajudiciales, etc. Cuanta más documentación se tenga, más sencillo será demostrar la comisión del delito.
El abandono de familia es un delito serio, que busca proteger a las personas más vulnerables dentro del entorno familiar. Si crees que estás sufriendo esta situación o, por el contrario, si has recibido una denuncia y no sabes cómo actuar, es fundamental contar con asesoramiento legal especializado desde el primer momento.
En ABA Abogadas, como despacho especializado en Derecho de Familia, te ayudamos a entender tus derechos y a defenderlos, tanto si eres quien reclama como si necesitas asistencia para demostrar tu inocencia o resolver un conflicto económico.