Con fecha 1 de julio de 2013, el Juzgado de Primera Instancia nº 50 de Madrid, dictó Sentencia en virtud de la cual se desestimó la demanda por la que el ex marido de nuestra representada le reclamaba una elevada cuantía, en concepto de aportaciones privativas supuestamente realizadas por él a la sociedad de gananciales durante el matrimonio.

La mencionada Sentencia recoge todos los argumentos utilizados por ABA Abogadas tanto en la contestación a la demanda como en el acto del juicio, y expresamente, acepta la validez del acuerdo privado suscrito por ambas partes a fin de liquidar su sociedad de gananciales. Y todo ello, con expresa condena en costas al demandante.