El 18.12.2015, la Sección 22ª de la Audiencia Provincial de Madrid dictó sentencia en la que desestimó el recurso de apelación de un padre, quien solicitaba la ampliación del régimen de visitas impuesto por el Juzgado de Primera Instancia, consistente en fines de semana alternos (sábados y domingos) desde las 11:00 a las 20:00 horas sin pernocta y los miércoles de 18:00 a 20:00 horas. También solicitó la reducción de la pensión de alimentos fijada.

Siguiendo los motivos de oposición formulados por ABA Abogadas, la Audiencia Provincial entendió que el historial de consumo de alcohol y cocaína de larga duración y abandonos de tratamientos por parte del padre, fundamentaba la limitación del régimen de visitas impuesto por el Juzgado de Primera Instancia. Además, la Sala tuvo en cuenta las manifestaciones de las hijas, quienes mostraron su negativa a pernoctar en el entorno paterno.

Se desestimó la reducción de la pensión de alimentos solicitada al entender que la situación económica descrita por el padre no se ajustaba a la realidad de su nivel de vida.