La Sección 24ª de la Audiencia Provincial de Madrid dictó el 11/05/17 Sentencia en la que desestimó íntegramente el recurso de apelación formulado por el progenitor paterno, quien en modificación de medidas solicitó una reducción de la pensión de alimentos y eliminación de determinados gastos extraordinarios, por una supuesta disminución de sus ingresos.

ABA Abogadas quien representó a la madre, esgrimió que no existía ninguna alteración substancial, ni reducción de los ingresos del padre, ni tampoco de los gastos y necesidades de la hija. La Audiencia Provincial haciendo suyos los argumentos de ABA Abogadas, entendió que no se apreciaba ninguna alteración sustancial ni en la situación de la progenitora, ni de la menor, ni del progenitor a los efectos pretendidos.

En relación a los gastos extraordinarios, expone la Sentencia de la Audiencia que fueron las partes de mutuo acuerdo las que denominaron expresamente y en ejercicio de su libertad y pleno conocimiento, que serían gastos extraordinarios abonables al 50%, las actividades extraescolares, excursiones y libros escolares, material escolar y comedor escolar.