Para modificar unilateralmente las condiciones de trabajo la ley ahora mismo lo permite siempre y cuando la empresa acredite que concurren causas económicas, técnicas, organizativas o de producción que así lo aconsejan y siempre y cuando esté acreditado. Le tienen que entregar una carta al trabajador siempre por escrito donde se motiven estas causas y con un plazo de preaviso de quince días.

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