Al llegar las vacaciones de Navidad, muchos padres separados deben consensuar con sus exparejas la organización de los periodos en que van a estar en compañía de sus hijos. Esto, que normalmente no debería traer problemas, puede llegar a traerlos si no se organizan con tiempo, pues la oposición del otro progenitor puede dejarnos sin margen de maniobra.

1) Periodo de vacaciones y condiciones de recogidas o entregas

Como norma, tanto los convenios reguladores como las sentencias de separación o divorcio deben fijar, con claridad y concreción, qué progenitor elige cada periodo de vacaciones, también las de Navidad, qué horario es el de las recogidas o entregas de los menores y en qué lugar deben producirse las mismas.

2) Elección del lugar y el tipo de vacaciones de los menores

El periodo que te corresponda estar con tus hijos, puedes decidir dónde y cómo quieres que pasen estos días: si se quedan en casa con la familia, si se van al pueblo con los abuelos, al extranjero… Así, salvo que haya algún impedimento en el convenio o la sentencia o un riesgo objetivo para los menores, tu expareja no puede inmiscuirse en estas decisiones, aunque por supuesto siempre tendrás que informarle de dónde estarán los niños durante ese periodo.

3) Sufragar los gastos de las actividades que se realicen 

Por otro lado, debes tener en cuenta que cualquier actividad que decidas que hagan los menores durante la Navidad y que no haya sido consensuada con tu ex, deberá sufragarla el progenitor que lo haya decidido unilateralmente, sin poder exigir al otro ninguna cantidad de dinero. Sólo se compartirán los gastos cuando se trate de una actividad consensuada entre los dos y siempre que se haya acordado así.

4) Viaje al extranjero con los niños

Respecto a los viajes al extranjero, a priori no se necesita autorización del otro progenitor, siempre que se tenga la documentación en regla y vigente de los menores, tales como el pasaporte, ya que hoy en día no se puede obtener ni renovar sin la firma del otro progenitor. También hay que fijarse en que no exista restricción alguna en el convenio o en la sentencia, pues en ocasiones se acuerda, por riesgo de sustracción internacional del menor o por cualquier otra razón, que los menores no puedan viajar al extranjero sin autorización expresa del otro progenitor.

5) Información del lugar de las vacaciones y sus posibles riesgos

Como hemos dicho anteriormente, los progenitores deben informarse mutuamente del lugar en que van a estar junto a los menores y hay que tener en cuenta que si hubieras elegido como destino un país considerado por el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación como de riesgo, tu expareja podría mostrar su oposición al Juzgado e, incluso, iniciar un procedimiento de medidas urgentes a fin de impedir la salida del país de los niños. En caso de que nuestra ex pareja no nos informe del lugar donde va a estar con los menores, también podremos instar una solicitud al Juzgado a fin de que sea requerido para informar al respecto.

En conclusión, la ley y el sentido común dictan que cada padre podrá decidir libremente y por su cuenta lo que desee hacer con sus hijos durante las  vacaciones de Navidad. Cualquier otra forma de hacerlo saturaría a los Juzgados de Familia durante los periodos vacacionales. Sin embargo, la realidad cierta es que esta regla general debe tener limitaciones, y ello teniendo en cuenta que cada vez hay más divorcios de personas de diferentes nacionalidades. Lo más importante para evitar problemas es intentar organizar lo antes posible los planes, fijando fechas, horarios y lugares de recogida y entregas y cambios de turno, para evitar sorpresas de última hora. Olatz Alberdi Socia en ABA Abogadas