la reforma prevé que si lo que se ejecuta es la vivienda habitual, al deudor no se le impondrán costas que superen el 5% de la cantidad reclamada en la demanda ejecutiva.
la reforma prevé que si lo que se ejecuta es la vivienda habitual, al deudor no se le impondrán costas que superen el 5% de la cantidad reclamada en la demanda ejecutiva.