La Sección 22ª de la Audiencia Provincial de Madrid, dictó Sentencia con fecha 12 de septiembre de 2014, revocando con efectos retroactivos la pensión compensatoria establecida a favor de la esposa, que se fijó en primera instancia.

La referida sentencia recoge todos los argumentos utilizados por ABA Abogadas, entre ellos, el hecho de que la esposa tardó más de siete meses en interponer la demanda de divorcio tras haber abandonado el domicilio familiar, así como que ésta ostenta un importante patrimonio inmobiliario privativo, y que su baja en el régimen de autónomos se produjo de forma voluntaria dos semanas antes de la interposición de la demanda de divorcio.

Asimismo, la sentencia indica que no se puede obligar al esposo a continuar trabajando, a pesar de haber cumplido los 65 años, para mantener el nivel de vida de la esposa.