Cuando un matrimonio se divorcia y tiene hijos, a menudo los padres terminan en los juzgados para resolver disputas que podrían solucionarse de manera amistosa. Esta tendencia a judicializar los conflictos puede ser causada por la falta de comunicación efectiva entre las partes, el deseo de alguno de los involucrados de obtener una ventaja, o simplemente el desconocimiento de opciones más conciliatorias.
Nuestra compañera Silvia Calzón, abogada especializada en Derecho Penal y de Familia, comenta en el medio Confilegal sobre dos casos interesantes: uno que tuvo en tiempos de pandemia por la vacunación del hijo de covid y otro por un tema relacionado con el colegio.
En el primero, el padre se oponía a la vacunación, alegando efectos secundarios y teorías de control gubernamental. En cambio, la madre, con personas inmunodeprimidas en casa, consideraba la vacuna esencial para la protección familiar.
El juez decidió que el interés superior del menor prevalecía, ordenando la vacunación. El padre apeló, pero la Audiencia Provincial de Almería desestimó el recurso.
Los magistrados señalaron que la vacuna, aprobada por la Agencia Europea de Medicamentos y la Agencia Española de Medicamentos, ofrecía beneficios que superaban los riesgos.
¿Qué es el interés superior del menor?
El interés superior del menor es un principio fundamental en el Derecho de Familia y en la legislación internacional sobre derechos de la infancia. Este principio establece que, en cualquier decisión o acción que afecte a un niño, su bienestar y desarrollo deben ser la principal prioridad.
En el segundo, el matrimonio residía en el centro de Madrid, pero tras la separación, la madre se mudó a Pozuelo y se quedó con la custodia del niño. Ella solicitó la jurisdicción voluntaria para matricular al menor en un colegio de Pozuelo, mientras que el padre, que permaneció en el domicilio familiar, proponía un colegio concertado en lugar del gratuito sugerido por la madre.
El juzgado falló a favor de la madre por dos razones: el beneficio de tener al niño en un colegio cercano a su nuevo hogar y la falta de sentido en que el padre propusiera un colegio concertado sin haber pagado la pensión de alimentos.
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