BLOG
Opinamos sobre las preocupaciones de las familias
BLOG
Opinamos sobre las preocupaciones de las familias
Una vez casados, ¿es posible cambiar el régimen económico matrimonial?
Contraer matrimonio no supone únicamente unir dos vidas en una plano estrictamente afectivo, sino que también conlleva una serie de regulaciones de la situación económica de ambos, según el régimen matrimonial escogido. Este régimen económico, que sobre todo tendrá...
Claves para una guarda y custodia compartida efectiva (Vídeopost)
Tras una separación o un divorcio, los miembros de una familia suelen pasar por un momento delicado, especialmente las personas más vulnerables, como son los menores de edad. En este vídeo, analizamos las claves de la figura de la guarda y custodia compartida, una...
Cuatro mitos sobre la custodia compartida
La custodia compartida es una figura legal por la que, en caso de separación matrimonial o divorcio, ambos progenitores ejercen la custodia legal de sus hijos menores de edad, en igualdad de derechos y deberes. Romper una relación de pareja no es tarea sencilla, y...
Modificación del régimen de visitas de una hija mayor de edad incapacitada, estableciéndose que se relacionen como la hija desee.
El Juzgado de 1º instancia nº 22 de Madrid, dictó Auto el 23.1.18 en el que se establecía que la hija común, que se encuentra incapacitada legalmente, se relacionara con su padre como ella desease.
Custodia compartida en favor de favor del progenitor paterno
El Juzgado de 1º instancia nº 76 de Madrid, en Sentencia dictada el 15.1.2018, estableció el ejercicio de la custodia compartida de una hija de cuatro años, en contra de lo solicitado por la madre.
La Sentencia hizo suyos los argumentos alegados por esta parte en cuanto a que el padre tenía las habilidades parentales suficientes para hacerse cargo de su hija cuando le correspondiera estar en su compañía, y que gozaba de una jornada laboral flexible que le permite atender las necesidades de su hija.
El burofax enviado al arrendatario y no recibido por éste por su propia voluntad, surte todos sus efectos.
En fecha 17.04.18 se dicta Sentencia por el JPI nº 67 de Madrid por medio de la cual se estima la demanda interpuesta por Aba Abogadas, declarando la resolución del contrato de arrendamiento en cuestión por expiración de plazo, ya que si el demandado no recibió los burofax enviados por la propietaria donde comunicaba su intención de no renovar el contrato, fue por su propia voluntad, por lo que la comunicación despliega todos sus efectos y se tiene por realizada. Con expresa condena en costas al demandado y obligándole a desalojar la vivienda.
Condena a un hombre por un delito de violencia habitual en el ámbito familiar, dos delitos de amenazas y un delito leve de vejaciones injustas a su exmujer.
El Juzgador considera acreditado que el hombre sometió a su mujer durante toda la relación matrimonial – unos 20 años – a violencia psíquica de forma persistente y duradera no limitada a unos hechos aislados en el tiempo o a alguna situación puntual, sino que ha sido ejercida de forma consciente y voluntaria por el condenado.
Nulidad de poder de ruina por incapacidad para otorgar consentimiento por quien padece alzheimer
La Audiencia Provincial, haciendo suyos los argumentos esgrimidos por Aba Abogadas, indica que la persona aquejada de Alzheimer desde el año 2000, a la fecha de otorgar el poder “de ruina”, nueve años después del diagnostico de la enfermedad, carecía de la capacidad mental necesaria para otorgar válidamente el consentimiento dada la progresión natural de dicha enfermedad y declara la nulidad de dicho poder y de los actos jurídicos realizados con el mismo.
Mediante sentencia de 21 de enero de 2018 la Audiencia Provincial de Madrid, otorga al padre la guarda y custodia exclusiva del menor, uso y disfrute del domicilio familiar y obliga a la madre al abono de una pensión de alimentos
La sentencia, acogiendo los argumentos de Aba Abogadas, revoca la sentencia de instancia y otorga la guarda y custodia exclusiva del menor al padre, en atención a su deseo de residir con éste y a la alta conflictividad que mantiene con su madre, que redundag en su perjuicio. Asimismo, le otorga el uso y disfrute del domicilio familiar y condena a la madre al abono de una pensión de alimentos para el hijo.
Fijación de la custodia compartida al existir durante la convivencia reparto de tareas entre los progenitores
La Sección 24ª de la Audiencia Provincial de Madrid en Sentencia de fecha 26.1.2018 ha desestimado el recurso de apelación formulado por la esposa, quien recurrió todos los pronunciamientos de la sentencia de divorcio en la que se acordó una guarda y custodia compartida semanal.
La Audiencia Provincial, haciendo suyos los argumentos esgrimidos por Aba Abogadas quien representaba al padre, indica que la decisión tomada es correcta pues durante la convivencia matrimonial hubo un reparto de papeles o tareas, dedicándose ambos progenitores al cuidado y atención de sus hijas en proporción a los horarios laborales. Concluye la sentencia que la custodia compartida era hoy por hoy la única forma de proteger adecuadamente el interés superior de las menores.
Al decaer la petición de guarda y custodia exclusiva solicitada por la madre, la sentencia consecuentemente desestima el resto de medidas complementarias.


