La sustracción internacional de menores es una realidad que, por desgracia, vemos cada vez con mayor frecuencia en crisis de pareja que han llegado a una situación límite. Aunque lo habitual es que la sustracción sea una forma de infligir dolor al otro miembro de la pareja, existen múltiples causas que, en cualquier caso, colocan al menor en una situación de gran vulnerabilidad.
Cuando se consuma la sustracción y uno de los miembros de la pareja, o quien ostente la guarda del menor, decide llevarse al niño fuera del país contra la voluntad del otro progenitor, los trámites para restituir al menor pueden ser largos y complejos.
De ahí la necesidad de adoptar una serie de medidas preventivas para que una crisis de pareja no derive en una situación tan grave y perjudicial para el menor.
¿Cómo evitar la sustracción internacional del menor?
En primer lugar, conviene consultar a un abogado especializado en derecho de familia, quien podrá orientar de forma eficaz acerca de cómo actuar en estos casos y de las alternativas que existen para prevenir la sustracción del menor.
Por otro lado, es importante tratar de alcanzar cuanto antes un acuerdo entre los miembros de la pareja que, en la medida de lo posible, beneficie a ambos. Aunque en ocasiones esto pueda ser complicado, se trata de una buena solución para reducir el riesgo de uno de los progenitores “se tome la justicia por su mano”.
También conviene valorar el estado anímico del menor, la relación con el otro progenitor o con la familia del otro miembro de la pareja, así como todas las situaciones o las informaciones respecto al otro progenitor que hagan sospechar de una posible sustracción del menor.
Cuando tengamos la sospecha de que el otro miembro de la pareja puede llevarse consigo al menor, también es fundamental disponer de una serie de documentación con la información personal del menor y una descripción detallada.
Por último, también recomendamos solicitar ante el juzgado, al amparo del artículo 158 del Código Civil, las medidas cautelares oportunas en caso de que exista un alto riesgo de sustracción y así lo considere el juez. Las medidas pueden incluir la no expedición o entrega del pasaporte del menor, la prohibición de salir del país o un régimen de visitas supervisado, entre otras.
Aunque sea imposible eliminar por completo el riesgo de la sustracción internacional del menor, con estas recomendaciones podemos asegurarnos de que el proceso de separación o divorcio se hace con mayores garantías de que la estabilidad y la seguridad del menor quedan protegidas.