El Juzgado de Primera Instancia nº 79 de Madrid en un procedimiento de ejecución sobre reclamación de gastos extraordinarios dictó Auto en el que estimó la demanda formulada por ABA Abogadas en nombre y representación de la madre.

Concretamente se reclamaba el 50% de libros de textos y uniformes de los hijos que en la sentencia de divorcio se fijaron como extraordinarios. El padre se opuso en otros motivos alegando prescripción al haber transcurrido más de 5 años. El Magistrado de Instancia desestima la prescripción al entender que los gastos extraordinarios no tienen la cualidad de gastos períodos a los efectos de establecer el plazo de cinco años de prescripción del artículo 1.966.1 CC, sino que estarían sometidos al plazo que en el momento del devengo estaba establecido que era el general de quince años del artículo 1.964 CC.

No obstante, haciendo suyos los argumentos esgrimidos por ABA Abogadas el Magistrado entiende que en todo caso el plazo de prescripción de 5 años estaría interrumpido por comunicaciones previas entre los progenitores donde se reclamaban dichos gastos.

Finalmente, en cuanto a los gastos de dentista y de tratamiento de ortodoncia que también se reclamaron en ejecución, el Magistrado dio igualmente la razón a la madre, indicando que indudablemente se trataba de uno de los gastos extraordinarios más habituales, típicamente extraordinario y que no parece admitir debate.